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MODELOS COMAYAGUA - REGLAMENTO
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REGLAMENTO PROFESIONAL PARA MODELOS, EDECANES Y PROMOTORAS.
ACADEMIA Y AGENCIA DE MODELOS
MANIQUIE`s
- Toda persona que se ostente ante la sociedad y mercado como modelo, edecán o promotora de nuestra Academia y Agencia de Modelos Maniquie`s, deberá estar reconocida y registrada como tal.
- Toda modelo, edecán o gio, o promotora ejercerá su oficio, profesión o vocación bajo las normas y reglamentos expedidos por nuestra Academia y Agencia de Modelos, la Secretaria del Trabajo, y por las que establezcan durante los contratos la empresa o marca que promociona o representa, y las que presente la dirección u organizadores del centro o lugar donde se efectúa el evento.
- Toda Modelo, edecán y promotora empleada o representada por nuestra Agencia deberá laborar o contar con el Contrato laboral y de Representación Profesional que las leyes hondureñas exigen exista en la relación temporal o indefinida entre las modelos y edecanes y su agencia. Dicho contrato es para garantizar a ambas partes que lo contraen, las mínimas o amplias garantías (según se convenga entre las partes) de derechos y responsabilidades en casos de accidentes, enfermedades, muerte, fin de relación, incumplimientos y otras situaciones que podrían aparecer durante el tiempo que dure una relación profesional o de trabajo entre la agencia y sus modelos. Se declara y reconoce que el trabajo profesional de una agencia, modelo profesional, edecán o promotora es única y exclusivamente el de ser contratada por empresas o marcas comerciales para dar servicios profesionales de asistencia en eventos o actividades, de presencia o promoción de imagen, producto o marca, modelajes, certámenes de belleza. Cualquier otra actividad ejercida por una modelo o edecán que no sea la representación comercial y profesional de marcas o productos, no será reconocida por la Agencia como actividad propia de la misma. Y será catalogada o calificada como una distorsión y falta, a o de los servicios que profesionalmente ejercemos.
- Se consideran distorsión y falta a los servicios ejercidos por una agencia, modelo o edecán a toda aquella acción o actividad que no sea la propia de su profesión legal. Las cuales normalmente son: prostitución, sexo servicio, scort o servicios de dama de compañía, trata de personas, narcotráfico y todo forma de crimen organizado. La distorsión de profesión o servicios de una o un modelo o edecán será sancionada de acuerdo a la característica y magnitud de la falta bajo los procedimientos, acuerdos y estatutos que rigen la Agencia. Es por ello que la Agencia no reconocerá como profesional o Mienbro(a) a las(os) modelos o edecanes que se correlacionen con actividades de distorsión de servicios.
- La Agencia afirma que toda y todo Modelo como imagen de una empresa o marca es una persona de reconocimiento público, por lo cual es nuestro deber y responsabilidad cuidar su reputación, actos y personalidad, ya que su comportamiento bueno o malo repercute directa e indirectamente con el concepto que la sociedad tiene de las marca que ella representa y del oficio o profesión que organizadamente ejercemos.
- Queda estrictamente prohibido para modelos y edecanes el contratarse con empresas o promociones de una forma directa o independiente sin haberlo notificado y serle autorizado por nuestra Agencia.
- Las Modelos no están autorizadas por la Agencia para promoverse, contactarse o representarse entre ellas, y por ellas mismas ante empresas o empresarios. Para poder hacerlo tendrían que estar registradas ante la Secretaría de Industria y Comercio como Agencia, Managers o Scouting, y contar con su licencia profesional como Agente representante de Modelos y/o Edecanes. La Agencia, podrá reportar y sancionar ante las autoridades correspondientes, a toda modelo y edecán que se promocione o sea promovida por managers, agencias, representantes o tipos sin el aval, autorización o licencia del Estado de Honduras para el ejercicio como Agente representante de modelos.
- La Agencia no autorizara ni apoyara la apertura de nuevas agencias por edecanes u otros profesionales que para este fin se salieron abandonando su agencia. Para los casos en que las protagonistas de estos desordenes, lo hagan aun llevándose consigo edecanes y/o compañeras de nuestra Agencia, la sanción de parte de la Agencia será del grado de perdida de afiliación de por vida.
- No será reconocida toda aquella Agencia que tenga como directora o manejadora a personas menores de 21 años.
- La Agencia despojará de todos sus derechos, créditos o currículo histórico a las profesionales que promuevan el desorden en nuestro rubro, apoyando a agencias no autorizadas o reconocidas por las leyes hondureñas.
- Será sancionada toda modelo o edecán que cambie o trabaje sin autorización o aviso de su director de agencia, con otra agencia que no sea su propia.
- Toda Modelo o Edecán tendrá el derecho de gestionar y contar con su Carnet como profesional ante la Agencia avalada por el Estado. Con el cual tendrá el derecho de más remuneración por sus servicios, reconocimientos como profesional, y prometedoras propuestas de profesión y trabajo.
- La Agencia no reconocerá la existencia de modelos y edecanes libres (sin representación de agencia), ya que es en este segmento donde más se anida, existe y prolifera la edecán o modelo apócrifa, que ofrece la distorsión de servicios.
- Para los casos en que una edecán o modelo desea salir de su Agencia para pertenecer a otra, es necesaria la expedición de su carta de liberación, finiquito, recomendación y no adeudos con su agencia. Además de notificarlo y autorizarlo a la otra Agencia. De no hacerse esto por la edecán, la Agencia interpretará tal proceder como un acto de desorden que será sancionado hasta que no se regularice.
- La Agencia mantendrá una lucha constante y permanente en contra de las modelos y edecanes apócrifas, que día a día aportan generosamente una mala y pésima reputación ante la sociedad de nuestra profesión y rubro. La Agencia no se detendrá de señalar y exhibir, si es necesario públicamente, a las modelos o edecanes que sin ningún remordimiento o vergüenza con sus actos y proceder, difamen nuestro rubro y profesión ante los ojos de nuestra sociedad.
- Para promover un orden y buena imagen de nuestro rubro, la Agencia sancionara a toda edecán o modelo (sin acepción alguna) que incurra en escándalos públicos, de discotecas o fiestas privadas.
- Queda prohibido para modelos y edecanes el ingerir cerveza o bebidas alcoholizadas o fumando cigarros en y durante los eventos laborales.
- Así mismo no se permitirá a las edecanes o modelos contratadas a quedarse después de su trabajo, y en el mismo lugar del evento a divertirse ingiriendo bebidas alcoholizadas, cervezas o cigarrillos. Se recomendará, que si desean divertirse, lo hagan en otro lugar ajeno a su centro de contratación y trabajo.
- De acuerdo a la Secretaria del Trabajo, quedará prohibido para (las edecanes o modelos) menores de edad, la actividad en eventos nocturnos, la portación de uniformes sugestivos, y cualquier evento o pasarela en donde se les use como atractivo sugestivo o sensual. (Ejemplo; Edecanes para arrancones de ¼ de milla o Tunning, de lucha libre, eventos playeros, para coreografías sugestivas, y otras de la clase)
- La Agencia señalara como competencia desleal a las edecanes que apoyen o sigan a promotores, directivos o agencias que practiquen o tengan como uso común el pirateo de edecanes.
- Queda asentada la capacitación como un derecho laboral y una obligación profesional.
- Toda modelo o edecán asociada se compromete a atender los llamados que le haga con previo aviso su agencia para casos de juntas o reuniones de acuerdos laborales o profesionales, capacitaciones, cursos o talleres. Castings, concursos, certámenes de belleza, torneos o ligas. Cooperación, ayuda y solidaridad en campañas sociales, y llamados en casos de contingencia y desastres.
- La Agencia de modelos ratifica de una manera especial a todas las modelos y edecanes su colaboración y apoyo en su injerencia permanente y constante en su lucha por los derechos, respeto y recate de los animales, la dignidad e igualdad por las mujeres, la ayuda a niños, niñas y ancianos necesitados, ayuda permanente a madres solteras, invidentes y discapacitados, y el cuidado permanente de la biodiversidad del planeta.
- En caso de peticiones, problemas o aclaraciones entre las modelos o edecanes con su agencia, será una opción el arbitraje o testigo, si así se desea por alguna de las partes involucradas.
- Los reglamentos internos de la Agencia y todo contrato laboral o de representación profesional para las modelos y edecanes departe de sus directivos o managers, deberá de ser autorizado por las partes para avalar, apoyar y ratificar su legalidad.
- Se declara para los casos de modificación, anexos y actualización de los presentes criterios y estatutos como autoridades legales a La Asamblea General de la Escuela y Agencia de Modelos. Y a las solicitudes, necesidades y peticiones de orden publico, social y comercial.

NOTAS
Estos estatutos, criterios o declaraciones son presentados por la Academia y Agencia de Modelos Maniquie`s, a todas las modelos, empresas, marcas y edecanes con la finalidad de contar con un referente o reglamento de profesión, vocación o servicio, que sirva como un excelente apoyo o guía para el ejercicio sano, ordenado y eficaz de nuestra profesión, que nos lleve a una mas excelente y seguro rubro. Queda abierto el contenido de los presentes criterios o estatutos para ser anexados, actualizados o modificados, de parte de quienes protagonizamos y damos vida a todo este mundo de las agencias, modelos, empresas y edecanes, con la finalidad de siempre contar con referentes reales y actuales, que nos brinden un robusto y eficaz sistema de organización y orden.
Lic. Renso Manolo Suazo Maldonado.
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